Modificaciones introducidas al art?lo 10 bis del Decreto Supremo de Hacienda Nº 341, de 1977 y a los art?los 9º y 12º de la Ley Nº 18.392.
Operaciones de Cr?to de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los d? comprendidos entre el 10 de Mayo y el 9 de Junio de 1987.
Operaciones de cr?to de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los d? comprendidos entre el 10 de Marzo y el 9 de Abril de 1988.
Modificaci?ntroducida al Impuesto adicional del Art?lo 43 bis del D.L. 825, de 1974. Se sustituye el Art?lo 19 de la Ley Nº 18.483 relativo a la rebaja del 10 % aplicable al Impuesto del Art?lo 43 bis del D.L.825.
Instrucciones sobre modificaciones introducidas a los Art?los 97º Nºs. 10 y 16 121º, 139º, 153º y 165º Nº 5 del C?o Tributario, por la Ley Nº 18.768, publicada en el Diario Oficial del d?29 de Diciembre de 1988.
Operaciones de cr?to de dinero. Valor de la Unidad de Fomento para los d? comprendidos entre el 10 de Mayo y el 9 de Junio de 1989.
  Operaciones de Crédito de Dinero: - Valor de la Unidad de Fomento para los días comprendidos entre el 10 de Marzo y el 09 de Abril de 1993.
Instruye sobre Sistema Simplificado para la Aplicaci?e las Sanciones Establecidas en los Nos 6, 7, 10 16 17 y 19 del Art?lo 97 del C?o Tributario, y para su Eventual Condonaci?arcial. Deroga Circulares Nos 11 y 35 E Interna No. 26, Todas
Instrucciones relativas a los documentos que deben emitirse en las Transacciones de monedas extranjeras, efectuadas en el mercado informal por particulares, cuando el valor de la Transacci?s por un monto Equivalente o superior a U$ 10 000.
Instruye sobre sistema simplificado para la aplicaci?e las sanciones establecidas en los Nos. 6, 7, 10 16 17, y 19 del art?lo 97 del C?o Tributario, y para su eventual condonaci?arcial. deroga Circular No. 15, de 1995.
Instruye sobre sistema simplificado para la aplicaci?e las sanciones establecidas en los art?los 97, Nos. 6, 7, 10 16 17 y 19, y 109 del C?o Tributario y para su eventual condonaci?arcial, deroga Circular No. 8 del 31.01.97
Imparte instrucciones sobre "Facturas de Venta y Servicios, no afectos o exentos de IVA",y "Boletas de Venta y Servicios, no afectos o exentos de IVA". Publicada en el Diario Oficial el 16 de Septiembre de 1999.
Instruye sobre Procedimiento para la Aplicaci?e Sanciones por Denuncias, no reclamadas por los Contribuyentes, por Infracciones previstas en los Art?los 97º Nºs. 6, 7, 10 16 17 y 19 y 109º del C?o Tributario, y para su eventual Condonaci?
Aclara conceptos sobre Resoluciones Ex. No 6444 y N° 8377, de fechas 24-09-99 y 16 12-99 respectivamente, que modifican la Resolución Ex. N° 6080 de 10 09-99, que impone la obligación de otorgar "factura de Ventas y Servicios , no afectos o exentos de
Establece procedimiento de recepci?e declaraciones formularios 22 y 29 y la entrega centralizada al SII de dichos formularios.
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